Multas por contratar inmigrantes sin papeles


Como todos sabemos, España ha sido uno de los destinos preferidos de millones de inmigrantes en los últimos años. Por esta razón podemos observar que muchas empresas y particulares tienden a contratar trabajadores inmigrantes sin papeles.

Los sectores en los que se da más habitualmente este tipo de situación son en el sector del servicio doméstico, el sector agrario y el sector de la construcción. Sin embargo, no siempre el contratante es consciente de los riesgos a los que se expone cuando incurre en este tipo de contrataciones irregulares.

Contratar ilegales: Multas

Sea por la denuncia del mismo trabajador o a través de una Inspección de Trabajo, las consecuencias que acarrea esta situación están claramente especificadas en la Ley de Extranjería o Ley Orgánica 4/2000 que en su art. 54 que califica como una infracción Muy Grave, cuando se contratan trabajadores inmigrantes sin la autorización de trabajo correspondiente.

Estas infracciones varían de acuerdo con las circunstancias que rodeen cada caso y son cuantificadas con multas que van desde los 3.126 euros hasta los 10.000 euros, además de las cantidades que reclamaría la Seguridad Social en relación con las cotizaciones dejadas de percibir por cada uno de los trabajadores.

Por esta razón, es recomendable tener mucha cautela y conocer el marco legal en materia de contratación, así como las consecuencias legales que se pueden sufrir en caso de hacer caso omiso de las leyes vigentes en relación con este tema.

manteros ilegales se anifiestan

Tipos de infracción

Como ya dijimos existen diferentes tipos de infracción en cuanto al procedimiento para la contratación de ciudadanos extranjeros y cada una tiene una gravedad diferente como, por ejemplo:

  • Trabajador extranjero sin papeles o sin permiso de trabajo ni de residencia:

    Este tipo de infracción es considerada como Grave.

  • Trabajador extranjero sin permiso de trabajo, pero con residencia:

    Esta infracción está calificada como infracción Leve.

  • Empresa que emplea a trabajadores extranjeros sin obtener el permiso de trabajo:

    Esta infracción será contabilizada por cada uno de los empleados que estén en la misma condición y se considera una infracción Muy Grave.

Sanciones (importes)

Como ya describimos en el apartado anterior, existen tres tipos de infracciones que de acuerdo con el art. 55 de la Ley Orgánica 4/2000 se le impone el pago de una multa según la gravedad de la falta:

En cualquiera de estos casos, al ser detectada una contratación irregular de inmigrantes el procedimiento sancionador se inicia con el levantamiento de un acta por parte de Inspección del Trabajo y seguirá su curso de acuerdo con el medio sancionador por infracciones de orden social.

Dado el caso de que las contrataciones irregulares sean catalogadas como muy graves, se podrá establecer una sanción adicional que consiste en la clausura de la empresa o establecimiento por un tiempo que va entre seis meses y cinco años.

Además de las multas, la regulación vigente contempla algunos generadores de expulsión del territorio español, es decir, el gobierno español está en la potestad de expulsar del país a aquellos extranjeros que muestren una conducta dolosa que constituyan un delito.

Permiso de trabajo en España

Ahora bien, en el aspecto legal laboral el art. 57.1 de la Ley Orgánica 4/2000 establece que la expulsión puede ser aplicable en el supuesto de trabajo por cuenta ajena sin permiso de trabajo ni residencia, así mismo es su apartado tercero del mismo artículo puede verse que no se podrán aplicar las sanciones de expulsión y multa de forma simultánea.

Por otro lado, en el apartado quinto del artículo 57 se establece que no se aplicará la sanción de expulsión en ciertos casos, excepto que el origen de la infracción sea por participación en actividades contrarias a la seguridad o implicación en actividades contrarias al orden público.

En este sentido, desde el punto de vista laboral, cuando un extranjero incurre en el acto de trabajar sin el permiso correspondiente de trabajo ni el permiso de residencia, la expulsión puede ser aplicada, incluso cuando el sujeto se encuentre en alguno de los supuestos que lo impiden.

Es importante destacar que el art. 57.6 de la Ley Orgánica 4/2000 se establece que no se puede aplicar la expulsión en el supuesto de mujeres embarazadas si esta medida puede ser un riesgo para la salud de la madre o el bebé.

inmigrantes ilegales atendidos por la cruz roja

Casos de contratación de inmigrantes sin permiso de trabajo

Vamos a exponer dos de los casos más habituales por lo que se refiere a emplear inmigrantes ilegales, teniendo conocimiento el empleador de la situación del empleado y con los que podemos encontrarnos o que incluso conocemos. Alguno de estos casos podría encontrarse que el extranjero pueda demandar a su jefe aun sin tener papeles.

  1. Visita de un Inspector de Trabajo y Seguridad Social donde se encuentra un trabajador extranjero no comunitario sin permiso de trabajo.

    De acuerdo a los artículos 54 y 55 de la Ley Orgánica 4/2000, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España; contratar extranjeros sin haber obtenido previamente el permiso de trabajo, se considera como una infracción muy grave.
    Como ya mencionamos, el importe de la multa puede ir desde 10.001 hasta 100.000 euros más lo correspondiente al importe de la Seguridad Social. Por otra parte, el empleador se expone a la clausura del establecimiento o de la empresa e incluso a la expulsión, en caso de que sea extranjero.
    Es importante tener en cuenta que la carencia del permiso de trabajo no invalida el contrato de trabajo del trabajador extranjero, ni supone una barrera para el cobro de las prestaciones que le correspondan.

  2. Una familia contrata a una empleada doméstica sin permiso de trabajo y esta los denuncia en Inspección del Trabajo.

    En muchos casos, a diferencia de las empresas, algunas personas desconocen los procedimientos para la contratación de inmigrantes. También se puede dar la situación de que prefieran emplear extranjeros con el fin de ahorrarse un dinero pagándoles menos.
    Ahora bien, cualquiera que sea el caso el ente encargado puede abrir un procedimiento sancionador en el cual se deben valorar todas las circunstancias de la situación en particular.
    Uno de los elementos es que se valorarían es el hecho de que el empleado no está dado de alta de la Seguridad Social por lo que carece de contrato y no puede cotizar. En estas circunstancias la sanción mínima se podría establecer en un mínimo de 6000 euros para el empleador.

mujer de la limpieza limpiando

296 respuestas a “Multas por contratar inmigrantes sin papeles”

  1. Hola buenas, mi marido lleva trabajando 12 meses en una empresa, el tiene una situación irregular en España, estos señores le intimidan diciendo que si la policía los pilla lo deportaran, que si lo hacen diga que no le conoce, se ha caído por qué su trabajo es de alto riesgo y sin medidas de protección, ha dicho que no vaya al hospital y que si va no diga nada de lo que ha pasado, quiero denunciar está injusticia, que puedo hacer?

    • Estimada María,

      En primer lugar, deseamos que su esposo se encuentre fuera de peligro.

      Como hemos comentado en anteriores ocasiones, el hecho de no contar con el permiso correspondiente para poder residir y trabajar en España, es una infracción grave según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
      Sin embargo, este hecho no le impide ejercer los derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores así como los derivados de un accidente laboral.
      El juez de los social va a dirimir sobre la cuestión laboral y no sobre la regularidad de la situación de la persona en cuestión.

      Quedamos a su disposición por si podemos servirle de ayuda en esta cuestión.

      Un saludo.

    • Pues lo primero que debería hacer es tener su situación regular para venir a España. Los primeros que infringen la ley son ustedes. No conozco a esa empresa pero ya está bien.

      • Estimada Marta,

        Nosotros solo podemos recomendar el máximo respeto a la Ley y ponemos nuestro empeño en asesorar sobre cómo regularizar cualquier situación que no se ajuste a la normativa.

        Un saludo.

  2. Un post muy informativo. Gracias. Tengo una pregunta.

    Si a un estudiante le han denegado la prórroga el NIE por estudios y hace falta llevar el caso a juicio, ¿el estudiante puede realizar prácticas remuneradas, mientras se resuelve el caso, si esta dado de alta en la Seguridad Social? ¿La empresa se arriesga por tener contratada a esta persona, aunque pueda probar que está en proceso de renovarse su documentación?

    Muchas gracias.

    • Estimado Alex,

      Debido a la falta de datos suficientes para poder ofrecerle una respuesta concreta, nos ponemos a su disposición para aclarar sus dudas de manera privada.

      En realidad, de manera general, cuando la solicitud se ha presentado en tiempo y forma, se prorroga la validez de la autorización de estancia hasta la resolución de la solicitud. Sin embargo en su caso, ya existe resolución.

      Quedamos a su disposición y gracias por la confianza depositada en nosotros.

  3. buenas tardes, soy extranjero tengo el NIIE que me dieron dentro de los 3 primeros meses que llegue a vivir me lo dieron para poder sacar una cuenta bancaria, con ese mismo NIIE actualente laboro con un contrato y donde tambien me dieron el numero de la seguridad social, eso que implica para mi y para la empresa, sera posible que aun teniendo trabajo que este cotizando, podria tener el permiso de residencia o trabajo.

    • Estimado William,

      Es importante diferenciar entre NIE y permiso de residencia.
      El NIE es simplemente el número de registro que asignan a un extranjero, pero no implica ningún permiso asignado a tal número que suponga la autorización de residencia o de residencia y trabajo.
      Por tanto, para poder trabajar, será necesario solicitar la autorización correspondiente que, según los requisitos que se den, será una u otra.

      No obstante, le animamos a que contacte con nosotros personalmente para ver en detalle sus opciones.

      Un saludo.

  4. Hola, tengo a una chica peruana cuidando a mi madre desde hace un año, y ahora quiere que le haga un contrato para regularizar su situación creo que por arraigo laboral. Que consecuencias puedo tener si le hago el contato ahora?.
    Gracias.

    • Estimada Charo,

      En el caso de arraigo laboral, no es preciso un contrato. Sí, en el caso de arraigo social (por acreditar estar en España durante más de tres años de manera continuada).
      En este caso, se requiere un compromiso de contratación real y viable por parte de un empleador que pueda acreditar una actividad continuada. Se trata de un compromiso, un contrato sujeto siempre a la concesión del permiso de residencia y trabajo.

      No obstante, le recomiendo que contacte con nosotros de forma privada debido a la complejidad de su situación.

      Un saludo.

  5. Soy cubano. Al trabajar varios años en Italia tengo el permiso de residencia comunitario. Me trasladé a España en diciembre y solicité el permiso de residencia en España por convalidación del comunitario. Presencialmente al entregar los papeles me dijeron que estaba todo bien y que me llegaría. Con el cierre por la pandemia se atrasa la recepción del NIE. Estoy trabajando en negro. Si hay una inspección, ¿el hecho de estar en proceso de obtención del NIE me sirve para algo?. Gracias

  6. Buenas tardes,

    Estoy realizando reformas en mi domicilio con una empresa externa, he podido saber que alguno de sus empleados están trabajando en mi casa sin tener papeles, este hecho no me gusta nada por diversas razones, sobretodo éticas.

    Tengo un par de dudas:

    Quería saber si puedo incurrir en alguna responsabilidad en el caso que uno de estos trabajadores sin papeles (y obviamente sin contrato) se hiciera daño o sufriera un accidente en mi domicilio.

    Si esta situación me permite rescindir el contrato con la empresa que me está realizando las obras.

    Un cordial saludo

    • Estimado Víctor,

      Cuando alguien encarga algún tipo de obra o reforma, se incurre en una serie de responsabilidades respecto a la misma.
      Por este motivo hay que gestionar los correspondientes permisos y exigir a la empresa encargada de la obra que le justifique estar al corriente de pagos y que haya gestionado correctamente el alta de sus trabajadores.
      Su caso, reviste algunas complejidades que requieren un estudio más detallado, por lo que le recomendamos contacte con nosotros de forma privada y nuestros especialistas en contratación puedan ofrecerle una respuesta más adecuada.

      Un saludo.

  7. Hola, quiero saber si hay una persona indocumentada y quiero contratarla en mi tienda es posible. Algunos gestores me dicen que eso es imposible, que puedo hacer?

    Por otro lado si mi esposo esta indocumentado pero aparece en el libro de familia de nuestro hijo si le detienen puede ser expulsado? O podemos tener un permiso mientras envían de nuestro país los documentos para poder casarnos (debido a la pandemia están cerradas allí las oficinas y no podemos legalizarlo) yo soy nacionalizada española mi hijo también.

    Un saludo.

    • Estimada Mariam,

      Para poder contratar a una persona se precisa el correspondiente permiso para ello, si no es así, no es posible dentro de los límites legales.
      En cuanto a su esposo, para poder residir de forma legal en España, necesitará el permiso de residencia necesario. Es posible que el hecho de ser padre de un hijo menor de edad y esposo de española, se tenga en cuenta antes de proceder a la expulsión, pero no es posible garantizarle que no pueda llevarse a cabo.

      Un saludo.

  8. En febrero comencé a dar trabajo a un chico marroquí en situación irregular. A pesar de saber que incurría en un delito sentía un deber social y humano para no prescindir de él.
    Hoy en una inspección de trabajo para controlar el estado de los ERTE en mi
    Empresa lo han abordado trabjando y le han solicitado el pasaporte.
    Imagino que me expongo a una sanción importante. Que se puede hacer en estos casos ?
    Gracias

    • Estimado Manuel,

      El artículo 54.1 d) de Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social establece como una infracción muy grave :

      «La contratación de trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo la correspondiente autorización de residencia y trabajo, incurriéndose en una infracción por cada uno de los trabajadores extranjeros ocupados, siempre que el hecho no constituya delito.»

      El artículo 55.2 de la misma Ley establece:
      «En los supuestos calificados como infracción leve del artículo 52.c), d) y e), graves del artículo 53.1.b), y 53.2.a), y muy grave del artículo 54.1.d) y f), el procedimiento sancionador se iniciará por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento sancionador por infracciones del orden social, correspondiendo la imposición de las sanciones a las autoridades referidas en el párrafo anterior.»

      El mismo artículo en su punto 3, se refiere:
      «Para la graduación de las sanciones, el órgano competente en imponerlas se ajustará a criterios de proporcionalidad, valorando el grado de culpabilidad y, en su caso, el daño producido o el riesgo derivado de la infracción y su trascendencia.»

      Es decir, habrá que esperar al acta que levante la Inspección de Trabajo para poder ver qué opciones existen.

      Estaremos encantados de ayudarle cuando reciba la notificación.

      Un saludo.

  9. hola muy buenas mire estuve trabajando con una persona mayor durante muchos años 9 años y no me hicieron los papeles y por una o por otra cosa cuándo murió el señor y estuve cobrando mira negro por todos estos años y me dejaban un sótano una casa como parte de pago y ahora muerto el señor hace un año y medio me quieren hacer un juicio me han hecho un juicio de desahucio por precario podría yo de mandarles oponerme a esa demanda o hacer algo al respecto porque no me han dado nada y ahora me quieren echar a la calle gracias

    • Estimado Rodolfo Antonio,

      Para poder ofrecerle una respuesta es preciso conocer detalles sobre su caso concreto, como si ya han procedido a la demanda, si se han cumplido los plazos establecidos para el resto de acciones, etc…

      Estaremos encantados de poder ayudarle.

      Un saludo.

  10. Hola con una consulta he estado trabajando un año imedio en una ganadería he estado siendo explotado laboral mente trabajandoles dose horas y siempre me dicen que si digo algo a alguien ellos acen que me expulcen del pais que puedo aser tengo algun beneficio o no

    • Querido Bayron,

      La contratación irregular es una infracción que conlleva importantes sanciones para ambas partes.
      Se trata de una infracción grave por parte del trabajador según el artículo 53.1 b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y una muy grave según el artículo 54.1 d) de la misma norma por parte del empleador. Las sanciones pueden llegar incluso a la expulsión del trabajador y en el caso del empleador a una multa según valore la Inspección de Trabajo.
      Sin embargo, en el caso del trabajador, el hecho de encontrarse en situación irregular no impide el derecho a reclamar judicialmente sus derechos en los términos que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores.
      Desconocemos las circunstancias de su situación concreta. No obstante, existe una opción por la cual se puede acceder a la regularización de la situación de residencia y trabajo. Se trata del arraigo laboral y se accede a través de una demanda judicial por contratación irregular con su correspondiente reconocimiento de sentencia o acta de infracción por parte de la Inspección de Trabajo, tras poder acreditar seis meses de relación laboral y dos años de residencia irregular continuada entre otros requisitos.

      No obstante, le aconsejamos que ponga su caso en manos de profesionales en la materia para que pueda valorar todas las opciones.

      Un saludo.

  11. Desde el 30 de enero hasta el pasado Lunes estuve hacienbdo un mal llamado voluntariado, donde debia trabajar 30 horas semanales a cambio de techo y comida. El trabajo era en un hotel rural y desempeñe labores de construccion, pintura, limpieza, etc. La dueña nos quito la alimentacion cuando empezo el confinamiento y ademas debiamos pagarle 5 euros diarios ademas de seguir con las 30 horas de trabajo a la semana. terminado el confinamiento le hice una liquidacion de las horas trabajadas y le cobre la suma que considero razonable por las labores realizadas. Esta persona seguidamente fue a los mossos y me denuncio por robo, segun ella se le habian perdido cosas del hotel. Que deberia hacer?

    • Estimado Juan,

      Su caso requiere de un estudio detallado y por ello le aconsejamos que contacte con nosotros de manera privada para poder asesorarle con todos los datos necesarios para ello.

      Quedamos a su disposición. Un saludo.

      • Buenas soy de nacionalidad Paraguaya llegue hace 1 año en una finca,como empleada doméstica,mi propia jefa me envío el dinero para el pasaje,al llegar aquí me descontada de mi salario,ahora bien después de los 4 meses trabajando yo le pedí que me dé de alta en la ss,a lo cual ella responde diciéndome que no puede porque soy ilegal en España,y después empezó a decirme que busque otro trabajo porque no tengo experiencia,que no cumplo sus expectativas,yo necesito estar de forma legislar,residir y trabajo que debo hacer?
        Tengo empadronamiento desde que llegue
        Tengo el Nie por lo que he leído no,me sirve de nada
        Aguardo su ayuda

        • Estimada Patricia,

          Efectivamente es necesario el correspondiente permiso de residencia y trabajo para poder emplear a alguien, pero eso no quiere decir que no tenga usted derecho a reclamar lo que le corresponde.
          El hecho de tener un número NIE, no implica más que una inscripción si no lleva aparejado un permiso de residencia en España.
          A priori, con tan sólo un año de permanencia en España, no es muy viable ningún permiso, salvo que cumpla con algún requisito que haga que sí tenga posibilidad.

          Si lo desea, puede contactar con nosotros sin coste por la consulta y concretar más datos.

          Un saludo.

  12. Hola mi familiar es inmigrante y pues estaba trabajando en limpieza y le callo la inspeccion y le pidieron su pasarte pero en ese momento no tenia su pasaporte pero le pidieron su nombre completo que le podria pasar por haber trabajado sin papeles

    • Estimada Pamela,

      Según lo establecido en el 53.1.b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, es una infracción grave : «Encontrarse trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa para trabajar, cuando no cuente con autorización de residencia válida».
      En este supuesto, el procedimiento sancionador, se inciará por parte de la Inspección de Trabajo según su propio procedimiento por infracciones en este orden.
      Por tanto, Lo conveniente es esperar a recibir la notificación correspondiente y así comprobar el acta que haya levantado la Inspección de Trabajo.

      Un saludo.

      • Hola tengo NIE provisional. En agosto me aprueban mi permiso de trabajo. Estoy trabajando pero mi empleadora me hizo un contrato para solicitar mi numero de seguridad social y lo aprobaron. Ya tengo el numero, si el contrato procede antes de que me den mi permiso estaría incurriendo en alguna falta? Según mi jefa ella me agilizo el proceso pero quiero estar segura. Yo soy solicitante de asilo

        • Estimada Yolvis,

          A priori, para poder trabajar es preciso contar con el correspondiente permiso para ello. Hay que diferenciar enntre tener el permiso concedido y tener la tarjeta física.

          Desconocemos cuál es su situación concreta o a qué se refiere con que en agosto le aprueban el permiso.

          Un saludo.

  13. Estoy en estado irregular en españa estaba trabajando en construcción antes del confinamiento y la persona con la que laboraba no nos ha pagado a todos los trabajadores nos debe el mes de febrero y lo corrido de marzo que podemos hacer si no tenemos papeles

    • Estimado Julián,

      El hecho de que se encuentre en situación de irregularidad no le impide acceder a los derechos que recoge el Estatuto de los Trabajadores. Lo que sí es importante es presentar las oportunas reclamaciones por despido o cantidad, según se trate, en los plazos establecidos para ello.
      Por esto, le animamos a contactar con nosotros para poder estudiar las opciones de que dispone. Estaremos encantados de ayudarle.

      Un saludo.

  14. Trabajo en una empresa de construcción y ha venido un hombre de Nicaragua a pedirme trabajo. Solo dispone de pasaporte pero no tiene permiso de residencia. Su mujer está trabajando en España y me gustaría saber qué puedo hacer para contratarle y en cuánto tiempo podría hacerlo.

    • Estimada Gemma,

      Para poder contratar a esta persona, debería primero gestionar su permiso de residencia y trabajo.
      Cómo tramitar el mismo, dependerá de la situación de esta persona ya que, en atención a los requisitos que cumpla, podrá acceder a un tipo de permiso u otro.

      Estaremos encantados de ayudarle durante el trámite.

      Un saludo.

  15. Muy buenos días, llevo 3 años y 4 meses en territorio español, llevo trabajando alrededor de 1 año con unqs personas, estos ahora no me quieren hacen contrato por que no quieren pagar el dinero que estipula la ley en cuanto al. Contrato de 40 hrs (dicen excesivo para ellos), y pues ahora me tienen entre la espada y la pared y hechar a la calle, (vivo en el lugar de trabajo), 27 años, nacionalidad Chile. Que puedo hacer o que opciones tengo en este caso, no me gustaría hacer el arraigo laboral.

    • Estimado Aron,

      Le recomendamos contacte con nosotros y así poder facilitarnos los datos necesarios para ofrecerle una respuesta adecuada a su caso que requiere de un estudio más detallado.

      Un saludo.

    • Hola , soy emigrante sin documentación,estuve trabajando 1mes , en una cafeteria en españa (barcelona ) y cuando llego el dia del pago el jefe no me quiso pagar y me a sacado del trabajo , que puedo hacer para poder cobrarle el pago o demandarle

      • Buenos días,

        El hecho de no contar con el correspondiente permiso de trabajo (a pesar de tratarse de una infracción tipificada en Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero) no le priva de los derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores.
        Puede usted reclamar bien por despido o por reclamación de cantidad, siempre y cuando se respeten los plazos establecidos para ello (20 días hábiles en caso de reclamar despido y un año en caso de reclamar cantidades pendientes) y se pueda demostrar la existencia de la relación laboral.

        Un saludo.

  16. Buenas tardes hoy estaba ayunando a un amigo q trabaja en construcción y vamos en coche,la policía nos paró y pidieron documentación de ambos . pero yo no tengo papeles , nos anotaron en el cuaderno y nos dejó ir .creo q Amigo le va llegar una multa , a mi me pueden reportar

    • Buenas tardes,

      Lo adecuado es esperar a recibir la notificación correspondiente y, en su caso, poder recurrir la resolución emitida. Desconocemos cuál puede ser el sentido de dicha resolución.
      Le aconsejamos que, nada más recibir la notificación, contacte con nosotros para poder ayudarle en las posibles opciones que existan.

      Un saludo.

  17. Tengo una duda en un ejercicio de derecho, esta es la preguna «Asunta, paraguaya de nacimiento, no tiene NIE porque se encuentra en situación administrativa irregular. En una visita del inspector laboral a un restaurante de primera línea de playa, fue identificada vistiendo uniforme de trabajo mientras servía como camarera las consumiciones a los clientes.»// y tengo las siguienes opciones: a) La presunción de laboralidad no es aplicable a Asunta al no tener NIE.
    b) A Asunta sí le resulta de aplicación el Estatuto de los Trabajadores.
    c) Se trata de un mero acto de solidaridad a cambio de manutención.
    d) Al no existir contrato escrito no existe relación laboral, sino de otra naturaleza
    Tengo dudas ya que para mi podrían ser la a o la b. Pero no encuentro la normativa para poder comprobarlo, no si me podrias ayudar

    • Estimada Sofía,

      Le animamos a que intente razonar cada una de las opciones para descubrir cuál es la que es más adecuada según se plantee el ejercicio.

      A través de este canal, intentamos resolver dudas reales y encuadradas en un contexto determinado.

      Estaremos encantados de atenderle si se encuentra en esta situación.

      Un saludo.

  18. Hola buenas quería saber es k ya tengo mi tiempo para meter los papeles pero en el confinamiento me paro la policía y me dijo k estaba muerta dos veces una por papeles y otra por el confinamiento quiero saber k puedo hacer y no medio ningún papel de las Murtas que puedo aser por k ya tengo el contrato

      • Buenos días, Mi pareja trabajo durante una semana y media ayudándole a un señor armando muebles de IKEA y Sama . De un día para otro no lo volvió a llamar y lo bloqueo del Whatsapp y las llamadas también. Estamos sin papeles, llevamos en España año y medio. Quisiera saber si podemos denunciar y si es asi en que institución. Muchas gracias por su atención. Espero respuesta alguna

        • Buenos días Angie,

          El hecho de encontrarse en situación irregular, sin perjuicio de la infracción grave que supone a tenor del artículo 53.1.b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, no impide que se puedan ejercer los derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores.
          Puede presentar la papeleta de conciliación y posterior demanda contra despido en el SMAC (Servicio de Mediación, arbitraje y conciliación) y juzgados de los social respectivamente según su lugar de residencia.

          No obstante, le recomendamos que ponga su caso en manos expertas en la materia para que puedan valorar el tema con toda la información necesaria.

          Un saludo.

      • Hola buenas noches, somos una familia de inmigrantes, llegamos a España hace 11 meses. mi marido consiguió trabajo, ya lleva 10 meses trabajando en una empresa manejando una máquina, sin embargo hace 15 días llegó el inspector de trabajo y le pidió su pasaporte. Que puede pasar? Es posible que eso le perjudique para solicitar el arraigo social. De igual manera después de esa inspección el jefe lo despidió, entonces no sabemos si le abrieron un proceso en su contra, o si existe una acta administrativa. Como saber si existen consecuencias. Mil gracias.

        • Estimada Martha,

          Para poder contestarle conocer la sanción impuesta es preciso comprobar el acta de Inspección de Trabajo.
          Trabajar sin el correspondiente permiso es una infracción grave a tenor de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, como hemos explicado en numerosas ocasiones y será la propia Inspección de Trabajo quien valore la sanción según los criterios de proporcionalidad.
          Le recomendamos que contacte con nosotros de manera privada cuando tengan noticias y podamos ayudarle de la manera más adecuada.

          Estaremos encantados de atenderles.
          Un saludo.

  19. Buenas tardes, quisiera contratar como limpiadora a una chica que vive en un pueblo cerca de aqui pero en otra provincia. Vive con otra persona con la cual esta censada en ese pueblo como «pareja de hecho», tiene 29 a. y lleva 1 año en España. Es posible?

    • Estimado Luis,

      En este caso, dependerá de si esta persona tiene el permiso de residencia y trabajo necesario para ello.
      Existe la opción de que sea titular de un permiso de residencia y trabajo sujeto a un ámbito funcional y territorial concreto durante el primer año (es decir, que sólo le permita trabajar en una provincia y actividad determinada) o de cualquier otra modalidad que sí permita libertad en ese sentido.
      Para poder ofrecerle una respuesta válida necesitamos conocer de qué tipo de permiso es titular.

      Un saludo.

    • Hola buenas tengo 2 Años y 8 mesces ya tengo casi el tiempo para meter los papeles pero 17 de marzo tubes k salir y cuando venía en el auto bus me paro la policía y me tomo dacto pero no medio ningún papel y medijo k me puso dos multa una por el confinamiento y otra por documento luego asta la mano en el bolso me entró quiero saber si me violo mis derechos quiero saber qué tengo k hacer con lo de los papeles

      • Estimada Milenny,

        Me temo que tendrá que esperar a recibir las multas para poder proceder.
        Es posible que puedan recurrirse, por ello le recomendamos que contacte con nosotros nada más recibirlas y así estudiar las opciones posibles.

        En cuanto a la posibilidad de revisar su bolso, un agente de la autoridad puede hacerlo si lo considera necesario salvo que con ello hubiera hecho un uso no justificado de la fuerza.

        Un saludo.

  20. Hola, tengo una empleada del hogar que está tramitando sus papeles en mi casa, está empadronada en Madrid pero la tengo que llevar a que se haga unas pruebas de Salud de urgencia, en el hospital me han dicho que puedo llevarla si pago la pruebas y lo quiero hacer, pero que pasa si me para la guardia civil o policía cuando la esté llevando? Me pueden sancionar y expulsarla de España?

    • Estimada Clara,

      Hay que partir de la base de que tanto contratar a extranjeros que no obtuvieron la autorización para ello, como el extranjero que trabaja sin dicho permiso, están cometiendo infracciones establecidas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
      No obstante, a la hora de imponer una orden de expulsión, se deberían tener en cuenta determinados criterios como el de proporcionalidad en la sanción, el daño que se haya producido, y qué circunstancias jurídicas y de hecho se dan en cada caso. No deben imponerse de manera automática. Aquí podría tenerse en cuenta su expediente en trámite (aunque no es vinculante).
      Entendemos, eso sí, que el trámite que su empleada ha presentado permite realizarse desde España (por ejemplo arraigo social) ya que de no ser así, estaríamos hablando de hechos diferentes.

      En cuanto al procedimiento sancionador por contratar a quien no tiene el permiso para ello, se iniciará por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

      Nuestra recomendación es que, si se encontraran en la situación, contactaran lo antes posible con los profesionales adecuados para poder recurrir dicha orden de expulsión en los plazos adecuados e intentar solucionar la situación.

      Estaremos encantados de ayudarles.

  21. Habría algún tipo de delito para una persona que de forma reiterada contrata para labores domésticas a personas que han entrado en España con un visado de turista, sin tener permiso de residencia ni de trabajo?. Sólo sería infracción o concurren delito e infracción?

    • Estimada Marta,

      La contratación de trabajadores extranjeros si no disponen del permiso para ello, es una infracción muy grave según establece el artículo 54 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

      En cuanto a ser considerado delito, dependerá de si se dan determinadas circunstancias como dolo, ánimo de lucro, etc…pudiéndose, en todo caso, atenuar o agravar el castigo según las circunstancias concretas.

      Un saludo.

  22. Buenos Dias.
    Soy emigrante sin papeles, dos dias a la semana cuido a una vieja.
    Me paro la guardia civil cuando estaba en el coche con su hija, tenia los guantes y la mascara puesta, pero ella no, ya habia pasado las nueve de la noche.
    Ella le dijo que yo cuidaba a su madre, y la guardia civil apuntaron mi nombre.
    Por favor ¿sabeis algo de lo que me puede pasar?
    Muchas gracias.

      • Hola recomendé a una amiga sin papeles ni permiso de trabajo a una señora ,ya que me dedico a la construcción y mantenimiento así suelen pedirme gente para trabajar la chica la Conosco ya que es una hermana De la Iglesia donde asisto estuve de viaje De la Iglesia en Guatemala y Mexico y al regreso me entero que la chica trabajo 6 meses y la señora solo le pago un mes ,estoy muy dolido por la situacion y quisiera alludar a esta chica denunciando soy español sabéis donde me tengo que dirigir para reclamar el dinero de la chica ya que la señora ase caso omiso de la situación ,soy de Marbella (Malaga)

        • Estimado Antonio,

          Cualquier cuestión laboral debe resolverse siempre en los Juzgados de lo Social del domicilio del trabajador o de prestación del servicio, pero hay que tener en cuenta los plazos establecidos en la normativa para ello.
          Por tanto, hay que estar seguros de que el plazo para presentar primero la papeleta de conciliación y posteriormente la demanda, están en vigor en el momento actual.
          Para ello, también es importante conocer si la persona continúa aun trabajando y hay que reclamar las cantidades dejadas de percibir, si se terminó la relación laboral por causas ajenas a su amiga y hay que reclamar también el despido, o si presentó su renuncia.

          Estaremos encantados de ofrecerle una respuesta más detallada con la información precisa para ello contactando con nosotros.

          Un saludo.

  23. Hola tengo un amigo que esta trabajando sin papales esta de inmigrante el venia de su trabajar con un amigo que lo traía y lo paro la policía pero no se q puede pasar con el dijeron que le llegaría una carta a su domicilio y que podría ir a juicio! Que me recomienda para el?

    • Buenas tardes Vane,

      Nuestro consejo es que espere a recibir la notificación correspondiente y, en ese momento, contacte con nosotros para estudiar qué opciones pueden existir según de qué se trate.

      Un saludo.

    • Buenas tardes, quisiera saber q pasa con una empresa que contrato una persona sin residencia y sin autorización de trabajo, pero si se hizo el alta en seguridad social, al ver q no salían los papeles la desvinculé de la empresa, en este caso la empresa tendría alguna sanción por un hecho ya pasado? El ex empleado también podría tener alguna sanción? Gracias

      • Estimado Juan,

        Las sanciones en estos supuestos, se iniciarán por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y se graduarán según criterios de proporcionalidad, valorando el grado de culpabilidad y el daño o riesgo derivado de la infracción y su trascendencia.
        Para saber si podría imponerse la sanción, habrá que determinar si ya ha transcurrido el plazo de prescripción de dichas infracciones.

        Esperamos haber aclarado sus dudas.
        Un saludo.

  24. Hola que pasaría si denuncio aun chico que vino hace 7 meses a españa que no tiene papeles que trabaja en una empresa que delitos le podrían a el

  25. Mi nombre es Auxiliadora
    Trabaje 4meses de interna no tengo papeles, el 18 abril terminé el último mes ese mismo dia sali , porqué no aguantaba los maltratos del abuelo y el sobrino me echo con mutuo acuerdo pero no me quiere pagar
    Temo al denunciar me vaya peor el sobrino es juez y notario de paz de la localidad…
    Y no quiero que me reporten porque vine a este pais por la situación de mi pais
    Soy nicaragüense

  26. Hola un conocido llevaba una persona en coche sin papeles ,y policía de trafico paro?Si pueden multar por llevar a trabajar una persona sin papeles?

  27. Hola soy una trabajadora de limpieza sin papeles y la señora donde laboro me hace la vida de cuadritos que puedo hacer ya llevo 5 meses aquí y el mes de marzo todavía no me ha pagado y debido a esta situación de la pandemia quiero regresar a mi país . Que puedo hacer ?

    • Estimada Milagros,

      Independientemente de que no tenga aun permiso de trabajo, puede reclamar sus derechos según lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
      En cuanto al regreso a su país,desconocemos si será posible y en qué términos según las medidas establecidas por el Gobierno para la libre circulación durante el estado de alarma. Ante la inseguridad jurídica derivada de esta excepcional situación, lamentamos no poder asegurarle si la salida del país podrá darse sin incidencias.

      Un saludo.

  28. Buenos días,
    Tenemos una empleada de hogar que nos viene a casa 20horas semanales. Yo la quiero dar de alta en la seguridad social, pero me ha dicho que tiene que esperar a mayo, que hará 2 años que está en España para poder tramitar su permiso de residencia y trabajo. Ya lleva en mi casa un año y medio. Me puede denunciar ella por tenerla sin papeles? Cual sería la sanción ? Que debo hacer? Si la despido por este motivo sería peor? Muchas gracias

    • Estimada Cristina,

      En diversas ocasiones hemos explicado que la contratación irregular es una infracción que conlleva importantes sanciones para ambas partes.
      Se trata de una infracción grave por parte del trabajador en atención del artículo 53.1 b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y una muy grave a tenor del artículo 54.1 d) de la misma norma por parte del empleador. Las sanciones pueden llegar incluso a la expulsión del trabajador y en el caso del empleador a una multa de 10.001€ a 100.000€ por cada trabajador empleado.
      No obstante lo anterior, en el caso del trabajador y si hay disconformidad con su despido, el hecho de encontrarse en situación irregular no impide el derecho a reclamar judicialmente el mismo en los términos que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores.
      Desconocemos las circunstancias de su situación concreta. No obstante, existe una opción por la cual se puede acceder a la regularización de la situación de residencia y trabajo. Se trata del arraigo laboral y se accede a través de una demanda judicial por contratación irregular con su correspondiente reconocimiento de sentencia o acta de infracción por parte de la Inspección de Trabajo, tras poder acreditar dos años de residencia irregular continuada entre otros requisitos.

      No obstante, le aconsejamos que ponga su caso en manos de profesionales en la materia para que pueda valorar todas las opciones.

      Un saludo.

      Un saludo.

  29. Hola muy buenos dias tengo 6 meses en españa soy inmigrante aun no tengo mi permiso de trabajo pero por la situacion que vivimos debemos buscar los medios para ganarnos la vida ya que nadie nos ayuda tuve la oportunidad de trabajar en el campo y pues la verdad no le ise daño a nadie porq gracias a eso podia comer y pagar los gastos mios y los de mi pareja se que estuve trabajando sin papeles y pues e leido algo sobre las leyes pero ahora todo a dado un giro debido ala pandemia de el covid 19 no pude volver a lr a trabajar mas y como no tenia coche busque una persona por las redes sociales facebock y lo contacte ya que esta persona publico que tenia coche y que estava buscando trabajo y pues esta persona trabajo 3 dias en el campo y la empresa le pago lo que ellos tienen pronosticado pagar ellos no pagan por jornal solo pagan por cuenta segun lo que tu cortes ahora este sujeto le a colocádo una denuncia ala empresa en el cual dice que lo an estafado y busca una indemnizacion millonaria y me dice que yo tambien tengo relacion en esta situacion muchas gracias si me aconsejan gracias

    • Buenos días,

      Como hemos comentado en anteriores ocasiones, el hecho de trabajar sin permiso, es una infracción por parte del empleador y del trabajador con sus correspondientes sanciones, pero no elimina el derecho a reclamar judicialmente lo que corresponde por el trabajo realizado en los términos que recoge el Estatuto de los Trabajadores. Puede reclamar el despido, si es que ha existido y las cantidades adeudadas.

      Desconocemos qué es lo que reclama su compañero ni en base a qué lo hace, pero hay que tener en cuenta que hay que demostrar lo que se reclama. No tenemos los datos necesarios para poder indicarle qué es lo que puede reclamar.

      Reciba un saludo.

      • Buenos días, yo soy colombiano y voy a cumplir un año de estar en España, en octubre ingrese a trabajar como irregular en una empresa separando pedidos y desde entonces por mi situación de irregular me pagan en negro, pero hace un mes el jefe no me quiere pagar y me debe el completo de pagos anteriores, mi pregunta es puedo demandarlo? Aclarando que decidi no volver a trabajar por que no me quizo pagar y tengo pruebas de como sustentar lo que menciono.
        Agradezco su gentil respuesta.
        Saludos.

        • Estimado Óscar,

          El hecho de no tener permiso de trabajo, no le imposibilita para ejercitar los derechos para los que le faculta el Estatuto de los Trabajadores.
          Su situación merece un estudio más detallado para determinar qué opciones de reclamación tiene. Por este motivo, le recomendamos que ponga su caso en manos de profesionales de la materia. Estaremos encantados de atenderle si lo así lo considera.

          No obstante, como información general, sin determinar si usted cumple o no con los requisitos exigidos para ello, si existe un incumplimiento empresarial, es posible que se considere justa causa para solicitar la extinción de su contrato de trabajo a tenor del artículo 50 del R.D.L. 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Esta opción le ofrece el derecho a indemnización.
          No obstante, en estos casos, la rescisión del contrato laboral debe solicitarse mientras se continúe en el puesto de trabajo, en caso contrario, podría considerarse abandono del mismo. Existe la salvedad de que sea imposible para el trabajador continuar con su actividad en casos graves como acoso por ejemplo.
          Sería posible también reclamar sólo las cantidades debidas.

          Esperamos haber aclarado en algo sus dudas.

          Un saludo.

  30. Buenas, una hermana de una amiga brasileña, está en situación irregular desde el 15 enero, ya que pasó de los 90 días de turista. Quiero contratarla como empleada de hogar, cobrando lo estipulado, con contrato de trabajo y con alta en la Seg. Social. Es posible?? Puede tener ella algún problema?? O yo por contratarla? Gracias

    • Estimado Sergio,

      Contratar a un trabajador en situación irregular es una infracción muy grave cuya sanción económica es elevada.
      Para poder residir y trabajar, es necesaria la obtención del correspondiente permiso.

      Si lo desea, podemos estudiar su caso.

      Un saludo.

  31. Hola buena tarde.
    Mi nombre es William.
    Soy inmigrante de Colombia.
    Tuve un accidente laboral, me fracturé un brazo, el señor con el que trabajaba no me responde y no me paga la semana que trabajé.
    Me pueden deportar por haber trabajado sin papeles?

    • Estimado William,

      En diversas ocasiones hemos explicado que en la contratación sin permiso de trabajo, ambas partes cometen infracciones graves con sanciones que pudieran llegar incluso a la expulsión por parte del trabajador.
      En realidad, la expulsión es una sanción que puede imponerse en cualquier momento de la estancia irregular.
      Desconocemos si usted cumple con los requisitos necesarios para poder solicitar el arraigo laboral o cualquier otro supuesto y así evitar en lo posible cualquier posible riesgo.

      Estaremos encantados de atenderle de manera individual para poder estudiar todas las opciones.

      Un saludo y le deseamos pronta recuperación.

  32. Hola buenas tardes, mi pareja es de Venezuela y todavía no tiene el permiso de trabajo, pedido asilo politico. Un señor que tiene una cafetería lo llamo para hacer un trabajo con unas maderas en el local, él trabajo un día de 10:30 de la mañana hasta las 12 de la noche y el otro día de 11:00 de la mañana hasta las 7 de la tarde, el señor solo le dió 25 euros por los dos dias, veo que se aprovecho de mi pareja. Podemos ir a denunciar a este señor para que no siga avisando más de las personas?

    • Estimada Tatiana,

      En numerosas ocasiones hemos comentado la importancia de trabajar de manera irregular puesto que se trata de una infracción con importantes sanciones para ambas partes.
      No obstante, cualquier irregularidad en materia laboral puede denunciarla en la Inspección de Trabajo de su lugar de residencia.

      Un saludo.

      • Hola, mi pareja ha estado trabajando 4 meses en una cafetería sin papeles, el día 1 de marzo fue su último día de trabajo y le dijeron que le pagarían el mes de febrero cuando pudieran, ahora estamos en otra provincia, no nos contesta a los mensajes ni llamadas y no tiene intención de pagar . Esta persona tiene más personal ( sin papeles ) trabajando , no ha pagado a nadie . ¿Que podemos hacer ? Que derechos tenemos ? Muchas gracias

        • Estimada Isabel,

          Independientemente de la situación del trabajador, éste tiene derecho a ejercer las correspondientes acciones judiciales por despido acorde a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores respecto a la extinción del contrato de trabajo, salvo que no se podrá readmitir al trabajador por encontrarse en situación irregular.
          Podrá reclamar tanto las cantidades debidas como la indemnización por despido.
          De hecho, si se reconoce judicialmente que existió la relación laboral al menos por seis meses y el trabajador puede acreditar una permanencia continuada en España de dos años al menos, puede acceder al permiso de residencia y trabajo por arraigo laboral.

          Sin embargo, es muy importante el plazo para hacerlo que es de veinte días laborales.

          Un saludo.

  33. Hola buenas noches soy emigrante colombiano. Unos rumani con empresa de construcción me contrataron sin permiso de trabajo. Renuncie por abusos verbales y excesas horas de trabajo por parte de ellos. Bueno yo me retire y no me han pagado ya paso un mes y medio y nada que me q
    Pagan. Solo quiero saber que derechos tengo para reclamar el dinero que me deben…. O ya perdí mi dinero. Gracias un saludo

    • Estimado Andrés,

      Como hemos comentado en diversas ocasiones, el plazo para reclamar despido es de 20 días hábiles y de un año para reclamar la cantidad. El problema es que, si no ha demandado por despido en el plazo de 20 días hábiles, es difícil reclamar una cantidad que no se sabe a qué corresponde.
      En los temas jurídicos, los plazos son primordiales, por lo que siempre aconsejamos que acudan cuanto antes a profesionales en la materia para evitar la pérdida de derechos.

  34. Hola Buenas tardes. Llevo 8 meses trabajando en natación empresa y estoy sin permiso de trabajo, el tema es que estoy embarazada y quieren despedirme. Que puedo hacer en este caso ?

    • Estimada Carolina,

      Como hemos comentado en diversas ocasiones, trabajar de manera irregular se trata de una infracción con importantes sanciones para ambas partes.
      No obstante, este hecho no impide que ejerzas tus derechos y, en caso de despido, puedas demandar a la empresa por ese hecho.

      Un saludo.

      • Hola ,soy Nicaragüense mi situación es la siguiente:tengo 5 meses de estar en este país, estuve trabajando desde el 3 de febrero de este año de interna,cuidando a una adulta mayor con ictus pero con pleno juicio ,el hijo me contrato y es policía , sólo tenía libre un domingo cada 15 dias ,sin horas libre mi pago era,de 800€ mensuales ; me levantaba desde las 5 :30 am hasta que la señora se acostaba alas 10 de la noche todos los dias ,pero ni importaba por que tenía la necesidad de trabajar ,pero el día 25 de marzo ala señora le dieron 4 paros cardiacos u tuvieron que ingresarla,al hospital, me fui con ella,al hospital por orden del hijo y salí de ahí hasta el jueves 26 por la mañana, regrese al hogar de ellos y descanse como me debían 2 días de fiesta el viernes 27 me dijo que me lo daba,de fiesta por que no podían acumular más días aún sabiendo la,situación del país con el covid, el sábado 26 me dijo que no podía tenerme ahí en la casa de val de ya,que su madre estaba,en el hospital, donde yo le doje,que no era mi culpa que su madre tuviera,en el hospital donde me respondió que tampoco era culpa,de él, pero no podía tenerme ahí en la casa pagando me sin hacer nada, por que el sólo podía cocinaste sus alimentos, entonces no le dije nada ,pero decidí irme el 31 de marzo y se lo comenté donde el me dijo que estaba bien ,me pago mi salario pero me quito 3 días de pago 29,30 y 31 , el día 30 me reviso cuando estaba haciendo mis maletas por la noche para irme por la mañana , por lla mañana me tocó mi puerta y me pregunto a que hora me iba y le dije que iba de salida, cuando estaba en la puerta me dijo que cuando su madre saliera del hospital me llamaba por que me iba a necesitar y yo le dije que está bien ,me dijo que no me revisaba ,por que confiaba y yo le dije que no era una ladrona ,si no que revisará y me dijo que no ,pues se suponía que yo iba a regresar al trabajo, el mismo día me llamo por la tarde preguntándome por una plancha ,como asegurando si me lla había llevado donde le respondí que buscará que,estaba debajo del ropero y anteriormente me pregunto por una funda bordada de almohada ,donde le dije que la buscará que ahí tenía que estar por que yo no me había llevado nada ,el d igua 8 de abril me volvió a llamar y me dijo que su madre habia,salido del hospital pero se la habían llevado nuevamente ya,que estába mal siempre del corazón, pero que estuviera pendiente del teléfono que me iba a llamar para que regresará al trabajo ,el 12 de abril yo le escribo un whatssap para preguntarle como estaba su madre y me respondió que estaba floja que hay me llamaba luego,me regreso la llamada alas 11:20 De la noche para decirme que le regresa dos prendas de vestir de su madre que le hacian falta acusandome nuevamente de ladrona ,donde le respondí que la buscará por que yo no necesitaba llevarme dos pre n das de vestir del estilo de una señora de 83 años donde yo tengo 43 años y no serian de mi gustó, e igual acusó a tres chica que estuvieron antes que yo de habérseles llevado algo ,no tengo documento para trabajar y el me ha estado llamando para que llegue acusándole de que le regrese las prendas donde yo no tengo conocimiento de esas prendas,pero su hermana menor de él me dijo que no llegará ahi por que el es una persona mala e igual la acusa a ella de ser ladrona y cambio la cerradura de la casa para que ella no entre, que me puede aconsejar . No tengo a nadie en este país y vine hiriendo de mi país por la situación socio política en la que se encuentra. Que me aconseja.

        • Estimada Teresa,

          El hecho de no tener permiso de trabajo, no le impide poder reclamar su despido en los términos que establece el Estatuto de los Trabajadores en el plazo de 20 días laborales desde la fecha del despido, con la excepción de que no se podrá optar por la reincorporación al puesto de trabajo al carecer de permiso de trabajo.
          No obstante, esto no le dará permiso de residencia y trabajo de forma automática.
          Su caso, conlleva varias cuestiones que hay que determinar muy bien para poder ofrecerle una respuesta adecuada.
          Le aconsejamos ponerse en manos de profesionales. Estaremos encantados de atenderle si así lo decide.

          Reciba un cordial saludo.

  35. Buenos dias mi preguntas? Donde se recurre para denciar a un empleador reincidente en contratar empleads de hogar sin papeles y sin permiso de trabajo, y a la empleada de hogar ya que es una persona que lucha para salir adelante, al contrario una persona le ha dejado por 30 dias cubriendo unas vacaciones y al volver le comunican que la remplasante se queda con el trabajo, se han puesto de acuerdo entre la trabajadora ilegal y el empleador que sale mas economico al no pagar la seguridad social ni otros beneficios.
    Perdona por extenderme en mi explicación.
    Muchas gracias!!!

    • Estimada Rocío,

      Para cualquier denuncia sobre situaciones relacionadas con materia laboral, puede acudir a la Inspección de Trabajo de su lugar de residencia.

      Un saludo.

  36. Hace un tiempo contraté a un albañil para que hiciera una pequeña reforma en mi casa, al inicio este señor me entregó su documentación (INE y permiso de trabajo por cuenta ajena) pero resulta que él nunca se puso a trabajar, y he sabido que todos los trabajadores que ha ido mandando a mi casa eran extranjeros sin papeles y sin permiso de trabajo, me gustaría denunciarlo por ese hecho ya que además ha dejado la obra sin terminar y ha desaparecido con el dinero.
    No siendo parte de la plantilla de la empresa puedo poner esa denuncia? En caso afirmativo donde debo dirigirme a poner la denuncia?

    • Estimada María,

      Puede usted denunciar los hechos aunque no sea empleada de la empresa.
      Nuestro consejo es que se dirija a una Comisaría de Policía y dé parte de los hechos, tanto en lo referente a la estafa como a la contratación irregular de trabajadores.

      Un saludo.

  37. Hola buenos días tengo tres años y 8 meses en españa trabajo con una empresa de mudanzas por 2 años y medio le comente si me podía hacer papeles y desde q empecé con el nunca se negó me dijo q tuviera los tres años y el me iba a hacer los papeles ahora me sale que no puede hacermelos que puedo hacer en ese caso

    • Estimado Germán,

      En realidad, como hemos comentado en anteriores ocasiones, tanto contratar de manera irregular como trabajar de igual forma, son infracciones que conllevan determinadas sanciones para ambas partes.
      No obstante, si existe un reconocimiento judicial de la existencia de la relación laboral, puede tener acceso al arraigo laboral si es que cumple el resto de requisitos, o bien al arraigo social si cuenta con otra oferta de empleo real y viable y cumple también con el resto de requisitos.

      No obstante, debe valorar todas las opciones antes de tomar alguna decisión.
      Le recomendamos que se ponga en manos de profesionales para que puedan estudiar su caso concreto y aconsejarle de manera adecuada.

      Un saludo.

    • Buenas noches,
      Quería hacerles una pregunta. Hemos tenido una persona de forma ilegal durante tres meses, a la espera que le
      Dieran los papeles pq según ella en su antiguo trabajo ya se lo había arreglado y se estaba tramitando. El caso es q esos papeles no llegaban. Justo el día que declaran estado de alarma, era viernes y le comenté si se podía quedar el fin de semana ya que mis padres eran personas de alto riesgo y si se iba a mi nadie me aseguraba que cuando viniese no tuviera el virus. La chica no era nada consciente de la magnitud de la situación. El caso es que le dije que si se iba no volviera más primero pq no la veía una persona responsable ni consciente y segundo pq yo contraté con la condición que llegaran los papeles pronto para asegurarla.
      Bien, han pasado 2 meses que ya no está y mi madre se echa en falta Joyas. En esas fechas solo habían entrado 2 personas a casa , ella y un señor. Mi madre No lo ha visto pero son las unicas perdonas que han entrado en casa. Mi madre hoy ha ido a la
      Comisaria a poner una denuncia Como que alguien ha robado estas joyas y ha nombrado a estas dos personas pero no las acusa , les comunica q las echa en falta. El caso es que me están llamando amigas suyas y me están amenazando o coaccionando que si nosotros ponemos una denuncia, ella tb la va a poner pq hemos contratado a una persona que aunque sus papeles están en trámite, no los tiene.
      Mi pregunta es: de que manera le puede repercutir a ella En el caso que no las haya robado ? Y a nosotros?

      • Estimada Nuria,

        Nos plantea una situación compleja cuya respuesta requiere de un estudio detallado.
        Estaremos encantados de conocer su caso en detalle y nos ponemos a su disposición para ello si contacta con nosotros en privado.

        Un saludo.

  38. Hola, soy solicitante de asilo en españa y tengo un permiso de trabajo y un empleo con contrato indefinido, pero me Jan avisado de que ya no me van a renovar mi permiso, no se que hacer, me pueden despedir en la empresa?, que vía legal puedo tomar, llevo viviendo en españa dos años y medio, espero me puedan colaborar gracias

    • Estimado Emerson,

      Ante la denegación de su permiso, existen diferentes posibilidades atendiendo a los requisitos que cumpla, como arraigo social, permiso de residencia por razones humanitarias, etc…Pero desconocemos su situación como para poder aconsejarle de manera más concisa.
      Efectivamente la empresa puede proceder a la finalización de la relación laboral, pues dejaría de cumplir el requisito para poder trabajar.
      Le aconsejamos que, una vez se haya procedido a la denegación de su permiso, ponga en manos de profesionales su situación.

      Un saludo.

  39. Hola quiero contratar a una persona que tiene NIE pero no tiene permiso de trabajo está como asilado político y la tarjeta roja se la dan en dos meses. Existe alguna forma de contratar y dar de alta en seguridad social antes que tenga dicha tarjeta?

    • Estimada María,

      Sin un permiso de trabajo no es posible realizar actividad laboral alguna. Habrá de esperar a la concesión del mismo para proceder a la contratación de la persona en cuestión.

      Un saludo.

  40. Hola soy extranjero y no tengo permiso de trabajo y ni de residencia pero estoy trabajando con una empresa q nos ase trabajar más de 12 horas diarias en verano paga poco y no quiere aserme un contrato de trabajo para yo poder aser mis papeles somos varios trabajando con el yo quiero arreglar mis papeles que ago ??

    • Estimado Tony,

      Existe la opción del arraigo laboral si se cumplen con los requisitos establecidos para ello.
      Los principales requisitos, entre otros, son la acreditación de permanencia continuada en España de, al menos dos años, y la acreditación de la existencia de relación laboral mediante Resolución Judicial o Acta de Conciliación en vía judicial que la reconozca o bien Resolución Administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
      Han de tener en cuenta que, trabajar de forma irregular, es una infracción tanto del empleados como del trabajador y conlleva sanciones importantes.

      Existen otras vías para regularizar su situación como el arraigo social si acredita tres años de permanencia continuada en España y cuenta con una oferta de empleo real y viable.
      No obstante, hay que estar a cada caso concreto para poder adaptar la respuesta a cada situación, pues según los requisitos que se cumplan se podrá optar a diferentes opciones.

  41. Hola buenas tardes, he tenido un centro de estética el cuál he tenido que dejar por darme pérdidas. Tuve una chica sin papeles y ahora no hace nada más que enviarme WhatsApp pidiendome dinero, me podría denunciar aunque ya no esté abierto el negocio?

    • Buenas tardes,

      Nos faltan datos suficientes para poder ofrecerle una respuesta adecuada.

      Desconocemos si, en el ámbito laboral, se encuentra dentro del plazo legal para demandar por despido y/o reclamación de cantidad (el hecho de no encontrarse de manera regular no niega ese derecho) o si, en materia de extranjería, han prescrito las infracciones cometidas por ambas partes (ya hemos detallado en anteriores consultas, las sanciones que conllevan para ambas). O si se trata de una persona física o jurídica y si está liquidada.

      Le aconsejamos que contacte con un abogado que estudie en detalle su situación y le asesore con toda la información necesaria.

    • Hola Alexandra, desconocemos el procedimiento. Tan solo como reflexión me parece que en ocasiones las personas en situación irregular son víctimas del sistema y luchan por sacar adelante a una familia con más trabas que facilidades.

  42. Estoy hace 15 meses en España sin permiso de residencia y trabajo cuidando una persona dependiente y me hago cargo de la casa no tengo descansos y mi salario es por debajo del mínimo tampoco tengo derecho a vacaciones ni a pagos extras
    Qué debo yen esta situación?

    • Estimada señora,

      Todo trabajador tiene derecho a que se respeten los mínimos establecidos en la legislación vigente.
      Y puede denunciar esta situación para que, tanto la Inspección de Trabajo como Seguridad Social, tomen las medidas que correspondan.

      Ahora bien, con independencia de lo expuesto anteriormente, ha de conocer que trabajar sin permiso de residencia y trabajo, constituye una infracción grave a tenor de los dispuesto en el Art. 53 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y, contratar a un trabajador extranjero sin haber obtenido la autorización correspondiente, una infracción muy grave según el Art. 54 de la citada Ley.
      Tanto para el trabajador como para el empleador, dichas infracciones conllevan una sanción económica importante de 501 hasta 10.000 euros en el primer caso y de 10.001 hasta 100.000 euros en el segundo. Incluso, en el caso del trabajador puede estimarse sustituir la multa por la expulsión del territorio nacional.

      Por tanto, es aconsejable que regularice su situación lo antes posible. Existe una figura en el ordenamiento jurídico español para esta situación, el arraigo laboral, pero uno de los requisitos exigidos es el de acreditar una permanencia continuada en España de dos años por lo que no puede aplicarse a su situación.

  43. Buenas tardes .trabajo de servicio domestico interna no libro ningun dia ni vacaciones ni dias libres y no tengo papeles q puedo hacer

  44. Buenas noches
    Conozco una tienda de un extranjero que tiene una tienda de alimentación, hace trabajar otros extranjeros sin papel y abusa de ellos como trabajar muchas horas y no les paga bien y cuando reclaman el dinero retrasado les echa del trabajo sin pagar ext…
    y también vende productos fuera de la fecha.
    Quiero hacer una denuncia contra esta persona ¿como se hace estos tipos de denuncias y donde?

    • Hola Anna,
      Comprendemos que ningún trabajador tiene el deseo de sufrir el abuso del maltrato ni del exceso de horas trabajadas. En ocasiones no tienen opción a la vez que una familia que alimentar y sacar adelante. Del mismo modo la normativa está para ser cumplida y el empleador sabe el riesgo que corre. Dicho esto prepararemos un artículo en breve para indicar los pasos a seguir para denunciar este tipo de situaciones.

  45. Hola buenas, el día de hoy me ha llegado un inspector de trabajo yo tenía en ese momento dos chicos haciéndoles unas pruebas de trabajo debido a q es una profesión q requiere experiencia obviamente no los tenía asegurados y uno de ellos está sin papeles ni permiso de trabajo aún, ya q el me ha dicho q está próxima semana le resuelven los papeles pues tengo la mala suerte de probarlos y me ha llegado el inspector como de grave es mi caso o q debo de hacer ?? grracias x la atención!

    • Estimado Mauro,

      El periodo de prueba en un contrato de trabajo, no exime del alta y contratación del trabajador. Es más, se trata de un periodo dentro de la contratación para que, precisamente, ambas partes puedan valorar si se cumplen o no las expectativas y poder renunciar a continuar si no es así.

      Según el Art. 54 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, contratar a un trabajador extranjero sin haber obtenido la autorización correspondiente, constituye una infracción muy grave y conlleva una sanción económica que va desde 10.001 hasta 100.000 euros o incluso el cierre de la actividad, además de lo que estime la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
      Sin embargo, la graduación de la multa será dependiendo de la mala fe que la Inspección observe.

  46. Es malo cuando los especialistas con 3 diplomas y conocimientos no pueden obtener un permiso de trabajo. España atrae mucha residencia permanente. ¿Por qué no te atraes un gran número de especialistas con varias enseñanzas superiores?

  47. Buenas tengo un juicio penal por una reforma que estábamos haciendo, me denuncia por estafa cuando me dio 16.000 y tengo gastos de 13.000 comprobables en facturas de gastos, el caso es que tenía un chico sin papeles trabajando, no hay denuncia por eso, pero tendría que llevar al chico sin papeles a de larar por los trabajos que se han hecho, que problemas podría llegar a tener por llevar a declarar a este chico??

    • Estimado señor,

      En primer lugar, aunque el juicio se libre por un tema diferente a la contratación irregular de trabajadores, es cierto que el propio Juzgado puede considerar deducir testimonio de este hecho, es decir, puede informar a quien corresponda de que conoce de un hecho delictivo o infracción y que las Autoridades pertinentes tomen medidas al respecto, tanto la Inspección de Trabajo como el resto de Autoridades competentes.

      En segundo lugar, habrá también que estar a la prescripción de la infracción cometida para poder ofrecerle una respuesta exacta.

      Por último aconsejarle que, en adelante, es necesario mantenerse en cualquier ámbito y actividad, dentro de los límites de lo establecido en la normativa vigente.

      • Hola muy buenos días quería saber una consulta llevo en España 2 años y 6 meses estoy empadronado yo soy pintor y la verdad trabaje 2 años con el mismo jefe y solo por decirle q me suba un poco el sueldo que mi trabajo es bien echo se enojo y simplemente me dejo sin trabajo a veces trabajamos hasta los domingos xq sino se enojan y lo echan quería saber si ustd me aconseja algo no tuvo la conciencia de decir mira as trabajado bien dos años toma estos 100 euros de liquidación pero tengo miedo denunciar si me expulsan que hago donde acudir no me parece justo gracias por la atención

        • Estimado Manuel,

          Basándonos en la información que nos ofrece, existe la opción de demandar por despido improcedente y, cuando exista reconocimiento judicial de la relación laboral, solicitar el permiso de residencia por arraigo laboral si es que cumple con el resto de requisitos.
          No obstante, su caso requiere de un estudio detallado para ofrecerle una respuesta completamente adecuada a su caso ya que necesitamos conocer en detalle su situación.

          Un saludo.

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