Multas por contratar inmigrantes sin papeles


Como todos sabemos, España ha sido uno de los destinos preferidos de millones de inmigrantes en los últimos años. Por esta razón podemos observar que muchas empresas y particulares tienden a contratar trabajadores inmigrantes sin papeles.

Los sectores en los que se da más habitualmente este tipo de situación son en el sector del servicio doméstico, el sector agrario y el sector de la construcción. Sin embargo, no siempre el contratante es consciente de los riesgos a los que se expone cuando incurre en este tipo de contrataciones irregulares.

Contratar ilegales: Multas

Sea por la denuncia del mismo trabajador o a través de una Inspección de Trabajo, las consecuencias que acarrea esta situación están claramente especificadas en la Ley de Extranjería o Ley Orgánica 4/2000 que en su art. 54 que califica como una infracción Muy Grave, cuando se contratan trabajadores inmigrantes sin la autorización de trabajo correspondiente.

Estas infracciones varían de acuerdo con las circunstancias que rodeen cada caso y son cuantificadas con multas que van desde los 3.126 euros hasta los 10.000 euros, además de las cantidades que reclamaría la Seguridad Social en relación con las cotizaciones dejadas de percibir por cada uno de los trabajadores.

Por esta razón, es recomendable tener mucha cautela y conocer el marco legal en materia de contratación, así como las consecuencias legales que se pueden sufrir en caso de hacer caso omiso de las leyes vigentes en relación con este tema.

manteros ilegales se anifiestan

Tipos de infracción

Como ya dijimos existen diferentes tipos de infracción en cuanto al procedimiento para la contratación de ciudadanos extranjeros y cada una tiene una gravedad diferente como, por ejemplo:

  • Trabajador extranjero sin papeles o sin permiso de trabajo ni de residencia:

    Este tipo de infracción es considerada como Grave.

  • Trabajador extranjero sin permiso de trabajo, pero con residencia:

    Esta infracción está calificada como infracción Leve.

  • Empresa que emplea a trabajadores extranjeros sin obtener el permiso de trabajo:

    Esta infracción será contabilizada por cada uno de los empleados que estén en la misma condición y se considera una infracción Muy Grave.

Sanciones (importes)

Como ya describimos en el apartado anterior, existen tres tipos de infracciones que de acuerdo con el art. 55 de la Ley Orgánica 4/2000 se le impone el pago de una multa según la gravedad de la falta:

En cualquiera de estos casos, al ser detectada una contratación irregular de inmigrantes el procedimiento sancionador se inicia con el levantamiento de un acta por parte de Inspección del Trabajo y seguirá su curso de acuerdo con el medio sancionador por infracciones de orden social.

Dado el caso de que las contrataciones irregulares sean catalogadas como muy graves, se podrá establecer una sanción adicional que consiste en la clausura de la empresa o establecimiento por un tiempo que va entre seis meses y cinco años.

Además de las multas, la regulación vigente contempla algunos generadores de expulsión del territorio español, es decir, el gobierno español está en la potestad de expulsar del país a aquellos extranjeros que muestren una conducta dolosa que constituyan un delito.

Permiso de trabajo en España

Ahora bien, en el aspecto legal laboral el art. 57.1 de la Ley Orgánica 4/2000 establece que la expulsión puede ser aplicable en el supuesto de trabajo por cuenta ajena sin permiso de trabajo ni residencia, así mismo es su apartado tercero del mismo artículo puede verse que no se podrán aplicar las sanciones de expulsión y multa de forma simultánea.

Por otro lado, en el apartado quinto del artículo 57 se establece que no se aplicará la sanción de expulsión en ciertos casos, excepto que el origen de la infracción sea por participación en actividades contrarias a la seguridad o implicación en actividades contrarias al orden público.

En este sentido, desde el punto de vista laboral, cuando un extranjero incurre en el acto de trabajar sin el permiso correspondiente de trabajo ni el permiso de residencia, la expulsión puede ser aplicada, incluso cuando el sujeto se encuentre en alguno de los supuestos que lo impiden.

Es importante destacar que el art. 57.6 de la Ley Orgánica 4/2000 se establece que no se puede aplicar la expulsión en el supuesto de mujeres embarazadas si esta medida puede ser un riesgo para la salud de la madre o el bebé.

inmigrantes ilegales atendidos por la cruz roja

Casos de contratación de inmigrantes sin permiso de trabajo

Vamos a exponer dos de los casos más habituales por lo que se refiere a emplear inmigrantes ilegales, teniendo conocimiento el empleador de la situación del empleado y con los que podemos encontrarnos o que incluso conocemos. Alguno de estos casos podría encontrarse que el extranjero pueda demandar a su jefe aun sin tener papeles.

  1. Visita de un Inspector de Trabajo y Seguridad Social donde se encuentra un trabajador extranjero no comunitario sin permiso de trabajo.

    De acuerdo a los artículos 54 y 55 de la Ley Orgánica 4/2000, reguladora de los derechos y libertades de los extranjeros en España; contratar extranjeros sin haber obtenido previamente el permiso de trabajo, se considera como una infracción muy grave.
    Como ya mencionamos, el importe de la multa puede ir desde 10.001 hasta 100.000 euros más lo correspondiente al importe de la Seguridad Social. Por otra parte, el empleador se expone a la clausura del establecimiento o de la empresa e incluso a la expulsión, en caso de que sea extranjero.
    Es importante tener en cuenta que la carencia del permiso de trabajo no invalida el contrato de trabajo del trabajador extranjero, ni supone una barrera para el cobro de las prestaciones que le correspondan.

  2. Una familia contrata a una empleada doméstica sin permiso de trabajo y esta los denuncia en Inspección del Trabajo.

    En muchos casos, a diferencia de las empresas, algunas personas desconocen los procedimientos para la contratación de inmigrantes. También se puede dar la situación de que prefieran emplear extranjeros con el fin de ahorrarse un dinero pagándoles menos.
    Ahora bien, cualquiera que sea el caso el ente encargado puede abrir un procedimiento sancionador en el cual se deben valorar todas las circunstancias de la situación en particular.
    Uno de los elementos es que se valorarían es el hecho de que el empleado no está dado de alta de la Seguridad Social por lo que carece de contrato y no puede cotizar. En estas circunstancias la sanción mínima se podría establecer en un mínimo de 6000 euros para el empleador.

mujer de la limpieza limpiando

296 respuestas a “Multas por contratar inmigrantes sin papeles”

  1. Bienvenidos. Mi nombre es Hamza de Marruecos. Tengo tres años en España. Durante los últimos 8 meses he trabajado en una granja. El jefe me prometió que me ayudaría cuando cumpliera 3 años en España. Ahora no me quiere dar el precontrato para hacer arraigo social ¿Puedo seguirlo legalmente?

    • Estimado Hamza,

      Cualquier persona que haya visto vulnerados sus derechos laborales en España, tiene derecho a ejercer las acciones legales correspondientes independientemente de que tenga o no permiso de residencia.

      Puede solicitar a las Autoridades pertinentes el reconocimiento de la relación laboral.

      Un saludo.

      • Hola buenas espero puedas responderme.Tengo una empresa de comestibles,mi pareja no tiene residencia ni permiso de trabajo vive conmigo y aveces me ayuda en la tienda,llegaron 2
        Inspecciones de trabajadores y una vez me encontró con ella estaba encarando unos productos simplemente ella,pero pensaron que trabajaba solo me advirtieron, la otra vez yo había ido a comprar y solo estaba ella en la tienda me dejaron la nota, me llamaron a declarar y expliqué que solo había ido a comprar y me cubrió un momento que ella vive conmigo lleve el empadronamiento y todo pensé que ya estaba, pero hoy me enviaron una multa de 10700 me dicen que tengo la opción de pagar o que la expulsen del país ¿que puedo hacer? ¿Donde presentó el recurso y suele servir presentarlo?

        • Buenas tardes,

          No es posible ofrecerle una respuesta concreta sin conocer su caso en detalle.
          Estaremos encantados de poder ayudarle.

          Puede contactar con nosotros a través del teléfono 663 802 304.

          Un saludo.

  2. Muy buenas tardes ! Yo tengo más de tres años trabajando para un autónomo en reparto me paga poco me trata mal no tengo derecho a nada no tengo horarios de comidas eh sufrido de gastritis no quieren hacerme un contrato de trabajo para regular mi situación me tratan mal tengo más de tres años trabajando para el no tengo permiso de trabajo como puedo hacer ya que son más de tes años q me pagan poco trabajo mucho sin derecho a ninguna paga más

    • Estimado Arturo,

      Independientemente de que tenga o no permiso de trabajo, tiene derecho a reclamar los derechos que le amparan.
      Para ello, es preciso reunir las suficientes pruebas y proceder a la correspondiente demanda.

      Un saludo.

  3. Tengo a un señor que se hace pasar por autonomo y contrata a su familia y a terceros sin tener documentos ninguno. Y me engaño de trabajar para el sin darme de alta ni pagarme

  4. Hola!! No tengo permiso de trabajo y Una persona que trabaja como tercero para una empresa de entrega de paquetería (RMW) me contrató para entregar paquetes durante 1 mes. Y no me quiso pagar. No me pagó ni un solo día y me bloqueó del WhatsApp para no tener más contacto conmigo, por más que le cobro no me paga. Y me da miedo ir a denunciar porque temo que me puedan expulsar. Ésta persona siempre hace lo mismo y hay varias personas trabajando sin documentos ahí y no les pagan y nadie denuncia por miedo. ¿Qué puedo hacer? Gracias.

    • Estimado Alan,

      Usted tiene el derecho de reclamar aquello que le reconoce el Estatuto de los Trabajadores. El hecho de no contar con el correspondiente permiso para trabajar no le priva de ese derecho.
      Sin embargo, es importante hacerlo dentro de los plazos legales y cumpliendo con el procedimiento adecuado.

      Un saludo.

  5. Tengo dudas si denunciar a una autónoma que me contrató para trabajar de limpieza, estuve con ella trabajando desde mayo. Pero cuando le hable del tema de contratación me dijo que con su empresa no podía por los «convenios que tiene» y hace un mes estuve muy enferma y un día le dije q no me encontraba bien d salud y q no iría a trabajar, pues se molesto y me hecho, ahora me debe unos días trabajados de diciembre 2021 y también contrató a mi hermana y cuando a ella le a dado covid le a dicho q no podía dejar de trabajar y no se que hacer porq mi hermana perdería su trabajo.
    Un saludo

    • Estimada Jacqueline,

      A usted le asiste el derecho a que se le reconozcan los derechos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, puede reclamar tanto su despido como las cantidades adeudadas, siempre que se encuentre dentro de los plazos legales para ello.
      De igual modo, su hermana puede reclamar su derecho a no trabajar enferma.

      Un saludo.

  6. Me gustaría saber que puedo hacer: una empresa me ofreció trabajo, trabajé con ellos un tiempo y al cumplirlo me han pedido que entregue una factura como autónomo para poder pagarme, al entregarla sin saber hacerlo me han dicho que de las 6 semanas solo pagan 3 y debo seguir trabajando con ellos en sus jornadas o me denuncian, yo no tengo documentación alguna y temo por sus amenazas con abogados que de no ir a trabajar puedan dañar mí proceso para conseguir mis documentos.

    • Estimado Luis,

      El hecho de trabajar sin la correspondiente autorización, no exime de sus derechos que se reconocen en el Estatuto de los trabajadores.
      Es más, en este caso se incumple tanto por parte del trabajador, como por parte de la empresa. Quiero decir que también la empresa está cometiendo una infracción tanto en materia de extranjería, como en el área laboral por no cumplir con sus obligaciones.

      Estaremos encantados de ayudarle de manera privada para concretar más información.

      Un saludo.

  7. Soy autónomo y llevo gente al campo unas personas me dieron sus papeles y les di de alta ayer me la guardia civil me paro y les pregunto sus nombres a las personas y sorpresa dieron otros nombres diferentes a los que me dieron la guardia me ha levantado una denuncia aunque diciéndole que ellos me dieron los papeles por los cuales están dadas de alta que puedo hacer

    • Estimado José Manuel,

      Le recomendamos, que contacte con nosotros de manera privada para poder concretar más datos ya que con los facilitados, no me es posible ofrecerle una respuesta adecuada.

      Un saludo.

  8. Hola buenas tengo una pregunta llevo trabajando para una empresa 3 años sin papeles quedé embarazada y no me dieron ni un día ni nada y mi marido me tubo q cubrir mientras yo me recuperaba ellos me prometieron los papeles ahora se mudan a otra parte y me disen que ahora si no tengo papeles no me puedo ir con ellos q puedo hacer en ese caso

    • Estimada Joselyn,

      El hecho de no contar con permiso de trabajo, no impide que pueda igualmente reclamar los derechos que le reconoce el Estatuto de los Trabajadores como reclamar su despido y reconocer su relación laboral.

      Si lo desea, estaremos encantados de ayudarle y acompañarle durante el trámite.

      Un saludo.

  9. Buenos días! yo quiero ayudar a una persona sin papeles dándole trabajo en mi casa. Qué tengo que hacer? donde tengo que dirigirme para formalizar la situación, por supuesto pagándole un salario justo y todo de forma dentro de la Ley!

    • Buenas tardes,

      Va a depender de la situación en que se encuentre la persona a la que pretende ayudar y los requisitos que cumpla para poder acceder a uno u otro permiso.

      Si lo desea, puede contactar con nosotros a través del teléfono 663 802 304 sin coste alguno por la consulta y concretar más datos.

      Un saludo.

  10. Hola,mi madre que estaba fncamada contrato a una sra.sin papeles para que la cuidara a cambio se le daba habitacion,comida y un sueldo mas sus vacaciones correspondientes que elka no cogia pk no queria pagar una habitacion.Al fallecer mi madre el contrato verbal se extinguio,se le pago el mes completo,las vacaciones mas una indemnizacion pues se negaba a dejar la casa,ahota nos ha puesto una drmand de conciliacion en la que nos solicita 8 000 euros,desde abril que fallecio ella no ha buscado ni trabajo,ademas se la empadrono para obtener la residencia,pero fue un contrato verbal lo que si trnemos es su firma aceptando el finiquito y siu pasaporte,que podfmos hacer?

    • Estimada Susana,

      Para que una demanda prospere, es necesario poder probar los hechos que se reclaman, no es suficiente con la simple demanda.
      Por tanto, lo lógico es que usted reúna la información que sirva para acreditar que no existía ya relación laboral alguna.

      Lamento no poder ser más concreta sin conocer su caso en detalle.

      Un saludo.

  11. Una persona me a contratado y me a puesto a trabajar todo el mes y cuando me tocaba recibir mi paga me a salido con pantomimas y no me quiere pagar que debo Aser para reclamar el dinero que me e ganado ?

    • Estimado Jordi,

      Cualquier reclamación de cantidades que se adeuden, pueden reclamarse a través de la correspondiente demanda, previa interposición de una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

      Un saludo.

  12. Buenos días trabaje 14 meses en una empresa tenía asilo político y la targeta roja que teñí con permiso de trabajo se me venció y me denegaron el asilo estaba trabajando en la empresa para poder cotizar 6 meses seguidos y así obtener mi recidencia el empleador me echo porque se me venció el contrato me negaron el arraigo laboral porque el no me cotizó bien las horas ahora me tubo trabajando sin permiso de trabajo un año que debo hacer denunciar o quedarme callada me arruino mis papeles gracias

    • Estimada María de los Ángeles,

      Cualquier situación irregular debe ponerse en conocimiento de las Autoridades.
      Sin embargo, es usted quien posee la información sobre su situación real y por tanto quien debe valorar las opciones ya que no henos estudiado su caso en detalle.

      Un saludo.

  13. Hola, llevo 3 años en España, de los cuales uno llevó trabajando cuidando un adulto mayor, me dicen que no me harán un contrato de trabajo ni aún diciéndoles que yo asumo los gastos que ellos solo me ayuden con la documentación. Que posibilidades tengo para obtener mi permiso de residencia. Debo denunciar?

  14. Hola llevo 7 meses trabajando en una empresa y de los 3 últimos meses no tengo papeles y el empleador me dijo q no le importa tenerme sin papeles x q el tiene mas gente sin papeles pero me pone a trabajar 13 hasta 14 horas y me paga muy poco y escuche de un empleado q el me quiere sacar si no trabajo esa cantidad de horas q puedo hacer allí gracias

    • Estimado José,

      El hecho de trabajar sin el correspondiente permiso para ello, supone una infracción de la Ley de Extranjería por ambas partes.
      Sin embargo, esto no impide que pueda ejercer los derechos que le amparan según el Estatuto de los Trabajadores.

      Un saludo.

  15. Quiero contratar una persona que solo lleva dos años acá por media jornada para cuidar a amis niños en anterior año ya trabajo unos meses como puedo hacer para hacerlo legal

    • Buenas tardes,

      En realidad, no tenemos datos como para poder ofrecerle una respuesta adecuada ni conocemos qué requisitos cumple la persona para poder regularizar su situación.

      Le recomendamos, contactar con nosotros de manera privada y concretar más datos.

      Un saludo.

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